A través de la Resolución 442/2020 publicada en el Boletín Oficial, la ANSES determinó que resulta necesario prorrogar la suspensión del trámite de actualización de fe de vida por parte de los jubilados y jubiladas y pensionados y pensionadas del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas, por los meses de enero, febrero y marzo de 2021.

La medida fue decidida por la directora ejecutiva del organismo, Fernanda Raverta, con el fin de garantizarles el cobro de las prestaciones, evitando el traslado de los adultos mayores para realizar el trámite, en el marco de la pandemia por el Covid-19.

DEL BOLETIN

En sus “CONSIDERANDO” se puede leer “Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875/20, se prorrogó la medida de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio”.

También se argumenta “Que resulta necesario continuar tomando medidas excepcionales y urgentes a fin de minimizar los riesgos de la salud pública, en concordancia con las medidas dispuestas por el Estado Nacional”.

Por lo que asegura “resulta imprescindible que los beneficiarios y las beneficiarias sean adecuadamente informados por las Entidades Pagadoras de los procedimientos complementarios no presenciales para la actualización de la fe de vida”.

MINISTRA RAVERTA

Y sugiere que “la prórroga mencionada no impide que los procedimientos complementarios no presenciales para el control de supervivencia sean puestos en producción por parte de las Entidades Pagadoras, sin que sean de uso obligatorio por parte de los beneficiarios y de las beneficiarias”.


Por lo que “RESUELVE” en su ARTICULO 2° que se “Establece que los beneficiarios y beneficiarias que se encuentran ausentes del país y que perciben sus haberes a través de la figura de Banco Apoderado podrán -en forma excepcional- presentar el certificado de supervivencia semestral ante el “Banco Apoderado”, hasta el 31 de marzo de 2021”.