Con urgente implementación para Zárate: Reglamentan una ley para personas en situación de calle

A pocos días de la muerte de beba de tres meses en Buenos Aires, a metros de la Casa Rosada, Nación reglamentó a través del Decreto 183/2023, publicado en el Boletín Oficial, la normativa que había sido aprobada en el Congreso en diciembre de 2021. La medida ordena realizar un relevamiento nacional y crear una red de centros de integración social. En Zárate tenemos centenares de personas en esa condición que tal vez ahora, con la Ley en mano, puedan ser atendidos como merecen, como personas.

En Zárate tenemos decenas de personas que viven en la calle, por los que hemos reitera varias veces “urgente atención” y que el municipio nos ha respondido que nada podía hacer ya que no muchos de ellos no tienen voluntad de “cambiar de estado” por lo que para poder actuar es necesario una orden judicial mediante ¿sinceramente se ocuparán de este tema que va en crecimiento en la sociedad zarateña?, tal vez, dejando de hacer tantos Festivales y Cumbres, fiestas de sado y de otros temas inútiles y millonarias erogaciones, las que ahora con la Ley ya formalizada con la publicación en el boletín Oficial en esta jornada, se allanan los caminos.

El Gobierno nacional reglamentó este miércoles una ley para personas en situación de calle y familias sin techo, que ordena realizar un relevamiento nacional y crear una red de centros de integración social. Según se destaca en el documento, la ley 27.654 “constituye un instrumento jurídico fundamental que tiene por objeto garantizar integralmente y hacer operativos los derechos humanos de las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle que se encuentren” en la Argentina.

“Para hacer efectivos estos derechos se encomienda al Poder Ejecutivo que elabore y desarrolle una política pública integral, coherente y de alcance nacional”, se afirma.

Entre los derechos que buscan garantizarse, se encuentra el de la identidad personal, es decir “tener un nombre propio, una personalidad jurídica y una nacionalidad”. En ese sentido, el Estado debe realizar acciones para que las personas puedan hacer “en forma gratuita los documentos de identidad personal”, tales como partida de nacimiento, documento nacional de identidad, las claves únicas de inscripción laboral y tributaria, etc.

También se destaca el “derecho al acceso y al uso de los servicios, de la infraestructura y de los espacios públicos sin discriminación por su condición de vulnerabilidad”.

Asimismo, “el derecho a acceder a los servicios socioasistenciales y de salud de las instituciones públicas o privadas con convenio con el Estado”, así como también “a los servicios de apoyo para lograr un trabajo digno”.

Por otro lado, se ordena “realizar un relevamiento nacional de las personas en situación de calle y en riesgo a la situación de calle, en forma coordinada con el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). El objetivo es “tener información para hacer un diagnóstico y luego implementar las políticas públicas nacionales, considerando sus diferentes subgrupos”.

También se le exige al Estado “propiciar y coordinar la creación de una Red Nacional de Centros de Integración Social, de atención permanente y continua, que funcionen las 24 horas del día, los 365 días del año, que presten servicios socioasistenciales básicos de alojamiento, alimentación, higiene y cuidados de la salud y además desarrollen actividades de capacitación y ocupación, adaptadas a los conocimientos y necesidades de los destinatarios y las destinatarias”.

(DIB)