Sociedad Rural de Exaltación de la Cruz, Campana y Zárate
La Comisión Directiva de la Sociedad Rural de Exaltación de la Cruz, Campana y Zárate; convoca a sus socios a concurrir a la Asamblea General Ordinaria, que se realizará el día viernes 27 de septiembre de 2024, a las 19:00 hs. en 1º convocatoria y a las 19:30 hs. en 2° convocatoria, en la Sede Social sita en calle Bolívar N° 437, Capilla del Señor, para tratar el siguiente
ORDEN DEL DIA
- Motivo llamado fuera de término.
- Elección de dos (2) socios para firmar el Acta de la Asamblea.
- Lectura y consideración del Acta de la Asamblea anterior.
- Consideración del Balance General, Memoria, Inventario, Cuentas de Ganancias y Pérdidas e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas del Ejercicio Económico finalizado el día 31/12/2023.
- Elección de presidente, vicepresidente 1°, Prosecretario y Pro-Tesorero.
- Elección de 2 (dos) Vocales Titulares en reemplazo del Ing. Claudio Antonio Lucero y el Sr. Félix Enrique Massun.
- Elección de siete (7) vocales suplentes para el período 2024/2025.
- Elección de tres (3) Revisores de Cuentas Titulares y tres (3) Revisores de Cuentas Suplentes y seis (6) Titulares para la Comisión de Honor, Conciliación y Arbitraje para el periodo 2024/2025.
- Cuota social. Ratificación de la delegación de atribuciones en la Comisión Directiva para su actualización y/o modificación y fijación de criterios.
- Autorización para aplicar el Art. 25º, Inc. “U”, del Estatuto Social, facultando al vicepresidente 1º conjuntamente al Tesorero y/o al secretario a firmar valores, cheques, libranzas y otros documentos bancarios y/o comerciales, para el período 2024/2025
- Declarar – de acuerdo con lo establecido en el Artículo Séptimo (7°) Inciso “B” de nuestros Estatutos Sociales-a los “Socios Vitalicios”
- Homenaje a los Sres. Socios fallecidos.
Maximiliano Quiqueran Beaujeu Oscar Diez
Secretario Presidente
DE NUESTROS ESTATUTOS:
Art. 47 Inc. C: Para tener voz y voto en la Asamblea se requiere estar al día con las cuotas sociales. Inc. D: no mantener deuda con la Entidad.
Art. 20: Los Sres. Socios deberán tener una antigüedad de un año como mínimo para formar parte de la Comisión Directiva.