El Gobierno destacó que la medida va a “fomentar la transparencia, simplificación, digitalización y mayor seguridad del servicio”.

El Gobierno confirmó que desregulará el servicio de correo postal, actualmente a cargo de la empresa Correo Argentino, de propiedad enteramente estatal. La medida fue confirmada este lunes a través del decreto 1005/24 que se publicó en el Boletín Oficial.

Según precisaron desde el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, que trabajará en conjunto con la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología para avanzar con el proyecto, el objetivo de la medida es “promover la libre competencia y la eliminación de decisiones burocráticas que restringen la oferta de bienes y servicios”. Además, agregaron que busca “fomentar la transparencia, simplificación, digitalización y mayor seguridad del servicio”.

De esta manera, establecerán “nuevos lineamientos” para el desarrollo de la actividad en Argentina.

Cómo se llevará a cabo la desregulación del correo

Para ser operador postal las personas jurídicas deberán inscribirse ante la autoridad de aplicación de manera electrónica, gratuita y declarativa. La inscripción se realizará una sola vez al inicio de la actividad y podrán iniciar automáticamente sus actividades a partir de los 5 días desde la fecha de su inscripción. Dicha inscripción constituirá habilitación suficiente para desarrollar la actividad.
Los operadores postales que desarrollen actividades en el mercado postal local e internacional podrán fijar con total libertad la dotación de personal, la modalidad, los tipos de servicios prestados, los equipos, medios de transporte y locales que requieran para su actividad.

Según la información oficial, van a poder brindar cartas documentos, telegramas, comunicaciones fehacientes y giros postales.

Además, se habilita que los ejemplares y la constancia de entrega al destinatarios del telegrama y carta documento sean en formato digital, al igual que el respaldo. A su vez, la verificación de identidad se podrá realizar vía RENAPER u otros medios de verificación remota.

La cartera dirigida por Federico Sturzenegger precisó que a partir de este cambio, las personas jurídicas podrán inscribirse ante la autoridad de aplicación “de manera simple, electrónica, gratuita y declarativa”.

La inscripción se realizará una sola vez al inicio de la actividad y podrán iniciar automáticamente sus actividades a partir de los 5 días desde la fecha de su inscripción. Dicha inscripción constituirá habilitación suficiente para desarrollar la actividad.

Además, a las personas humanas se les permitirá ofrecer el servicio de Mensajería Urbana, con o sin vehículo, en plazos breves y distancias cortas.

Además, quienes operen en el mercado postal local e internacional podrán determinar la dotación de personal, la modalidad, los tipos de servicios prestados, los equipos, medios de transporte y locales que requieran para su actividad.

Por ejemplo, decidirán si ofrecerán el servicio de envío de cartas documentos, telegramas, comunicaciones fehacientes y giros postales.

Por otro lado, el Gobierno habilitará que los ejemplares y la constancia de entrega al destinatarios del telegrama y carta documento sean en formato digital, al igual que el respaldo. A su vez, la verificación de identidad se podrá realizar vía RENAPER u otros medios de verificación remota.

El Gobierno destacó la desregulación del servicio de correo

La administración libertaria consideró: “La sobrerregulación de la actividad postal ha generado barreras de ingreso al mercado, de manera tal que se restringe la competencia, lo que lleva a un servicio de peor calidad y mayores precios. Por ende, se eliminan los listados de requisitos excesivos para llevar a cabo la actividad y los registros que implican mayor burocracia y menor transparencia”.

A su vez, aseguró: “La presente medida no innova ni altera las disposiciones sobre secreto postal ni en materia de seguridad”.