Así lo manifiesta la FACPCE en un comunicado recibido en este Multimedios, que opina “en representación de los 24 Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del país”, informando oficialmente que “envió una nota al Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, Dr. Santiago Cafiero, en relación con la reglamentación de la Ley 27.605 de Aporte Solidario y Extraordinario (ASyE)”.

En la misiva que firma el Dr. Silvio Marcelo Rizza, en su carácter de Presidente de la la FACPCE, se considera que “la reglamentación se ha excedido en los condicionamientos que se aplican para la valuación de acciones y participaciones societarias”.

Además el documento plantea algunas dudas que “surgen del texto en relación con la confección del balance especial al 18 de diciembre de 2020 y menciona las dificultades prácticas y los riesgos que trae aparejados la necesidad de realizar un balance especial a una fecha de corte distinta a un cierre contable habitual (ya sea anual, trimestral o incluso mensual)”.

En este sentido, la FACPCE manifiesta que, desde el punto de vista práctico, confeccionar un balance especial a una fecha no coincidente con un cierre contable normal (como es el caso del 18 de diciembre de 2020) determina que no puedan ser aplicados los procedimientos usuales de cierre contable con sus correspondientes controles para validar que la información cumpla con las aserciones contables fundamentales, como, por ejemplo, integridad, exactitud, corte de operaciones, etc.

Asimismo, la FACPCE considera insuficiente el plazo establecido por la AFIP para la presentación de la declaración jurada y el pago del saldo resultante (31 de marzo de 2021, inclusive) y solicita prorrogar el vencimiento para la determinación e ingreso del aporte a fin de otorgar a los contribuyentes, a las administraciones de las sociedades en las que participan y a sus asesores, el tiempo necesario para llevar adelante las tareas requeridas para el cumplimiento de la normativa.