A través de la Resolución General 5616, ARCA facilitó la operatoria y detalló el tipo de cambio que se debe usar.

El dólar en la mira del Gobierno. (Xinhua)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) presentó cambios significativos en la normativa que regula la facturación en moneda extranjera, en un paso más en dirección a un sistema bimonetario.

A través de la Resolución General 5616/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se especifican criterios claros sobre el tipo de cambio que debe utilizarse para operaciones pautadas, facturadas y abonadas en divisas.

La medida busca alinearse con las disposiciones establecidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, denominado “Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina”.

Estos cambios no solo impactarán en comercios que operan con turistas extranjeros, sino también a cualquier establecimiento, empresa, entre otros, que desee ofrecer la opción de facturación y pago en dólares a sus clientes. Es importante tener en cuenta que esta normativa no se aplica cuando una factura es emitida en pesos y el cobro se realiza en moneda extranjera.

Con esta medida, Argentina da un paso más hacia la flexibilización del uso de monedas extranjeras en su economía cotidiana, estableciendo un precedente significativo en la gestión de pagos y facturación en el país.

Aunque la posibilidad de emitir facturas en dólares no es nueva -está vigente desde 1991-, la resolución 5616 introduce precisiones clave respecto al tipo de cambio a utilizar en operaciones facturadas y cobradas en moneda extranjera.

Según lo dispuesto, cuando una factura sea emitida en dólares y el pago se efectúe en la misma moneda, deberá aplicarse el tipo de cambio vendedor informado por el Banco de la Nación Argentina al cierre del día hábil cambiario previo a la emisión del comprobante. Es decir, si un comercio emite la factura en dólares y cobra esa misma moneda a través de tarjeta de crédito, débito, prepaga o efectivo, deberá emplear ese tipo de cambio para la generación del comprobante.

En tanto, quienes utilicen controladores scales de nueva tecnología, para documentar operaciones en moneda extranjera que se cancelen en la misma moneda podrán utilizar “comprobantes en línea”, el facturador web gratuito de ARCA para emitir los comprobantes electrónicos.

Las nuevas disposiciones alcanzan a los comprobantes clase “A”, “B”, “C”, “E” y “T”.

Cronograma de Implementación

La Resolución establece un cronograma de implementación gradual para adecuar los sistemas de facturación:

  • Web Services: 15 de abril de 2025.
  • Comprobantes en Línea: 15 de enero de 2025.
  • Facturador Móvil y Facturador: 5 de marzo de 2025.

Sin embargo, cuando se utilice “Web Services” y/o “Comprobantes en Línea” ya debe aplicarse el tipo de cambio estipulado a partir de este 18 de diciembre de 2024.

(DIB)