El Municipio informa que que a partir de julio rige el decreto N° 380/2020, en el marco de la emergencia sanitaria, el cual establece en sus considerandos que se restringe la venta de artículos no esenciales en los grandes supermercados del Partido de Zárate.
La normativa, precisa que, en el marco de la pandemia COVID-19, los grandes supermercados de nuestro partido, sólo podrán comercializar productos esenciales, y que queda prohibida la venta de todo articulo fuera de ello, por ejemplo, bazar, electrodomésticos, juguetería e indumentaria.
Este decreto se realizó en resguardo del comercio local, y la comercialización equitativa del sector comercial de nuestro territorio. Desde el municipio se comunica que el decreto se encuentra Ad Referéndum, para que lo apruebe el Honorable Concejo Deliberante (HCD) de Zárate.
Por otra parte, se informa a la población, que el mencionado decreto, precisa dos nuevas medidas para los grandes supermercados, a fin de controlar la concentración de personas en un local, haciendo cumplir el distanciamiento social, con el objetivo de evitar la propagación del virus.
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Primero, se autoriza el ingreso de sólo 30 personas en forma simultánea dentro del local comercial.
- Segundo, los grandes supermercados de nuestro partido tendrán que ofrecer la posibilidad de delivery (entrega a domicilio), para que la gente pueda realizar sus pedidos vía online, o por teléfono.