El Municipio abrió el registro de venta de pirotecnia y recuerda la prohibición de venta y uso de pirotecnia sonora en el Partido, anunciando oficialmente que “se abrió el Registro Municipal de comercialización de pirotecnia de venta libre y permitida, el mismo se puede encontrar en la página web del municipio: www.zarate.gob.ar” 

La nueva ordenanza municipal número 4820/2020, regula el expendio y comercialización de pirotecnia en el Partido de Zárate. La misma detalla que los comerciantes deberán registrarse obligatoriamente en el Registro Municipal, y dar cumplimiento a las normativas que rigen en el Partido de Zárate.

Principales medidas de la Ordenanza 

  • La venta deberá realizarse en un lugar exclusivo y alejado de toda fuente de ignición. 
  • La exhibición y venta deberá realizarse exclusivamente dentro del local. 
  • La exhibición de la pirotecnia no deberá estar al alcance del público. 
  • Queda prohibida la venta de pirotecnia en la vía pública o cualquier lugar abierto, como a menores de 16 años, según establece la ley 24304. 
  • Se prohíbe la comercialización de artículos de pirotecnia a toda persona física o jurídica que no se haya inscripto en el Registro Municipal. 
  • El local deberá contar con cartelería de “Prohibido Fumar”, prohibida la venta a menores de 16 años, certificado de curso de manejo de pirotecnia dictado por el Municipio, y contar con la facturación de compra del material pirotécnico debidamente autorizado por la ANMAC.

“Desde el municipio -remarcaron-, que el incumplimiento de la ordenanza será pasible de sanciones y clausura del establecimiento, como también al decomiso de la mercadería por parte del estado municipal, dando inmediata intervención a la Superintendencia de Seguridad Siniestral, dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires”.