El máximo tribunal rechazó y consideró “inadmisible” un pedido de recusación presentado por la defensa. La decisión fue de Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti.

La Corte Suprema de Justicia rechazó y consideró inadmisible un pedido de recusación presentado por siete de los ocho rugbiers condenados por el asesinato de Fernando Báez Sosa contra los integrantes de la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Dolores que intervinieron en el caso.

“El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)”, indicó el máximo tribunal en la resolución tomada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, ante la presentación del abogado Hugo Tomei.

No obstante, en el fallo del que no formó parte el imputado Enzo Comelli se destacó que la desestimación de un recurso bajo esta norma “no implica que se confirme ni se afirme la justicia o el acierto de la decisión recurrida”.

El 22 de marzo del año pasado, la Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires confirmó las condenas para los rugbiers. Cinco de ellos recibieron prisión perpetua: Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi. Los restantes, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi, fueron sentenciados a 15 años de cárcel.

La Cámara ratificó las sentencias del Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores, aunque introdujo una modificación. Si bien los rugbiers habían sido condenados por homicidio agravado con premeditación y alevosía, los jueces concluyeron que no hubo alevosía en el crimen. No obstante, al mantener la premeditación como agravante, las condenas permanecieron sin cambios.

Báez Sosa tenía 18 años cuando fue asesinado durante sus vacaciones en Villa Gesell, en la puerta de la discoteca Le Brique, el 18 de enero de 2020. (DIB)