La pregunta y su respuesta pueden resultar obvias, pero la consulta y la necesidad de su aclaración continúan. La importancia de la venta de zooterápicos en locales habilitados y bajo la supervisión de un médico veterinario tiene como fin el cuidado responsable de la salud pública y animal.
Si trasladamos la pregunta que da origen a esta nota a los medicamentos para las personas, la respuesta no tiene matices: se adquieren en la Farmacia. Entonces, ¿por qué no parece ser claro cuando hablamos de animales, que el lugar para adquirir medicamentos es la Veterinaria?
La irresponsabilidad de distribuir y adquirir estos medicamentos sin el asesoramiento de un profesional veterinario, están relacionados con su mala administración, su dudosa procedencia y, sobretodo a los riesgos sanitarios tanto para el animal como para las personas.
El abuso de fármacos y el consumo irracional, agravado por la venta ilegal, mantienen altos los niveles de la resistencia antimicrobiana, lo que constituye uno de los principales desafíos para la salud pública. En los últimos años el número de establecimientos que expenden medicamentos para animales, ha crecido y no todos cumplen con las habilitaciones, y con las reglamentaciones nacionales ni provinciales.
En este sentido, se debe aclarar que la prescripción y el expendio de zooterápicos a nivel nacional es una incumbencia de neto alcance del profesional veterinario, quien es el encargado de “Controlar y efectuar la distribución y el expendio de zooterápicos y demás productos de uso en medicina veterinaria” (Resolución 1034/05 del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación).
Asimismo, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) por resolución dispone que “el expendio o comercialización de productos fármaco veterinarios y/o drogas o principios activos puros, o toda otra sustancia de origen químico, biológico o biotecnológico, destinados al diagnóstico, prevención o tratamiento de las enfermedades de los animales, deberán expenderse en los locales habilitados e inscriptos para tal fin por la autoridad sanitaria competente y bajo la Dirección Técnica de un profesional Médico Veterinario” (Res. 978/93). Y, a principios de 2020, creó el Programa de Fiscalización y Monitoreo en medios digitales para evitar la comercialización de medicamentos y sustancias prohibidas que pueden atentar contra la salud de la comunidad.
Finalmente, la Ley que regula la actividad profesional veterinaria en Buenos Aires, establece que será obligatoria la asesoría técnica en establecimientos de venta al por menor de zooterápicos que será ejercida por un profesional veterinario.
De esta manera, queda expuesto que la comunidad debe adquirir el zooterápico en la veterinaria, con un director técnico veterinario. La venta de zooterápicos en locales habilitados a tal fin bajo la supervisión del veterinario es de suma importancia ya que tiene como objetivo el cuidado de la salud pública y animal, hecho que hoy más que nunca demanda la prescripción profesional y responsable de los medicamentos exclusivos para animales.
El Colegio de Veterinarios de la provincia de Buenos Aires trabaja, desde hace años, para encontrar la solución a esta problemática. El objetivo y el deber del Colegio de Veterinarios Bonaerense, como institución, es la de demandar y divulgar a la sociedad en su conjunto estos conceptos; y así lograr que los zooterápicos se adquieran SOLO EN LAS VETERINARIAS, sin poner en riesgo a los animales, a los seres humanos y, por ende, la Salud Pública.