El beneficio regirá para infractores que acepten la sanción y abonen la multa dentro de los diez días hábiles de notificados. 

El Gobierno nacional modificó la reglamentación de la Ley de Defensa del Consumidor e incorporó un nuevo mecanismo de “pago voluntario” para multas aplicadas en procedimientos administrativos por infracciones a la normativa de defensa del consumidor. La medida fue oficializada mediante el Decreto 377/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial.

La norma incorpora un nuevo inciso a la reglamentación de la Ley 24.240, que habilita a los proveedores sancionados a cancelar las multas con un descuento del 50% siempre que consientan la sanción y abonen el monto dentro de los diez días hábiles posteriores a la notificación.

Sin embargo, este beneficio quedará sin efecto si el infractor interpone el recurso directo previsto en el artículo 45 de la Ley de Defensa del Consumidor para cuestionar judicialmente la sanción aplicada.

En los fundamentos de la medida, el Gobierno señaló que el régimen sancionatorio vigente no contemplaba incentivos para facilitar el pago anticipado de multas, a diferencia de otras normas vinculadas al comercio interior y de distintos procedimientos aplicados por autoridades locales en el país.

Según argumentó, el objetivo es “disminuir la litigiosidad administrativa y judicial”, reducir costos para el Estado y para las empresas y avanzar hacia “una gestión pública ágil y eficaz” en la resolución de actuaciones administrativas.